Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн

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El deber IPP asociado a estos trabajos BEPS se comenzó a implementar en distintas jurisdicciones en el año 2015, cuando Españassss1, y posteriormente Reino Unidossss1, incorporaron un deber formal de información que exigía elaborar y presentar esta información a grupos con matriz residente en su territorio o con presencia por medio de filiales (y/o EPs) en caso de no operar el intercambio de información automática desde la jurisdicción de residencia de la matriz. A partir de ese momento, distintas jurisdicciones han ido incorporando deberes similares en su normativa interna, hasta alcanzar la cifra de ochenta y cuatro paísesssss1.

De forma casi simultánea, a partir de 2016, se han incorporado mecanismos para el intercambio automático de IPP con otras jurisdicciones, que complementan el citado deber IPP interno como mecanismo de obtención de información por suministro. En concreto, nuestra jurisdicción cuenta con el acuerdo multilateral para el intercambio automático de IPP entre jurisdicciones al que se han adherido un número relevante de paísesssss1, aunque con la ausencia destacada de EE.UU., con quien España ha suscrito el correspondiente acuerdo bilateral para este intercambio automáticossss1. Asimismo, al ser Estado miembro de la UE, España da efecto al mandato de intercambio automático IPP con otros Estados miembros incorporado en el mismo 2016 a la normativa europea de cooperación administrativa en materia de imposición directassss1.

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