Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн

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En este sentido, debemos partir de que la OCDE reconocía que BEPS se refiere a estrategias de planificación fiscal utilizadas por grupos multinacionales para explotar vacíos legales o normativa tributaria descoordinada a fin de eludir el pago de tributosssss1, cuestión que por sí misma no resultaba contraria al ordenamiento jurídico. Por este motivo, los textos de la OCDE en la práctica trasladan el reproche de toda conducta de contribuyentes al efecto erosivo de bases imponibles y de traslado de beneficios o, por sintetizar, una disminución de la recaudación por su operativa y resultados, con independencia de que deriven de actuaciones propias de la llamada economía de opción, de conductas ilícitas o de una incorrecta aplicación de las reglas del IS al practicar las correspondientes liquidacionesssss1. Este carácter impregna igualmente al estándar IPP derivado de la Acción 13 del Plan BEPS, que en la práctica ha de servir a valorar, por sus resultados, la necesidad de reconfigurar el sistema de gravamen de sociedades, o parte de él, como deduciremos de evaluar conjuntamente IPP y el reciente proyecto GloBE. Por esto, consideramos esta retórica o razonamiento erróneo en la medida en que la OCDE parece trasladar la ilicitud de la planificación (o elementos de ésta) a entidades de un grupo multinacional cuando su proceder se ajuste a lo permitido por la normativa vigente del ISssss1 a la vista de su nivel contributivo global o en cada jurisdicción.

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