Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн

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Sintetizadas las anteriores consideraciones en torno a IPP como medida BEPS, debemos detenernos brevemente en los trabajos preparatorios del estándar, en este modelo normativo y en las posteriores guías y directrices para su implementación y aplicación, fundamentalmente por tratarse de posibles criterios interpretativos de la normativa vigente a la hora de evaluar el actual régimen IPP en nuestro ordenamiento jurídico.

1. LOS TRABAJOS PREPARATORIOS Y PROPUESTAS DE LA OCDE EN TORNO AL ESTÁNDAR NORMATIVO DE INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS

La existencia de deberes IPP tiene origen en disposiciones sectorialesssss1 de la industria extractivassss1 y del sector financierossss1. No obstante, estas disposiciones de carácter regional, y enfoque y objetivos distintos a los del deber IPP en materia tributaria, guardan algunas semejanzas. Precisamente, el punto de partida lo encontramos en determinados sectores de la sociedad civil, que en lo que nos afecta venían a plantear la necesidad de implementar tal deber en el ámbito mercantil-contablessss1. Sin embargo, la propuesta IPP se ha desarrollado como modelo normativo en materia tributaria, a raíz de propuestas planteadas por la OCDE para la lucha contra la erosión de bases imponibles y traslado de beneficios en el seno de grupos multinacionales.

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