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2. LAS DISPOSICIONES VIGENTES PARA EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE LA INFORMACIÓN PAÍS POR PAÍS

La configuración actual de nuestro deber IPP, basado en el modelo de la OCDE, se complementa con los mecanismos para su intercambio automático. Actualmente, existen dos vías principales para obtener la IPP. La primera consiste en exigir este conjunto de datos a la matriz residente de un grupo vinculado afectado por IPP. La segunda vía, complementaria de la anterior, consiste en obtener esta IPP de grupos multinacionales con matriz extranjera por activación de los mecanismos de intercambio automático vigentes. Sólo en defecto de estos últimos, bien por su inexistencia bien por su inobservancia en el Estado remitente, se exige este deber IPP a entidades dependientes o EPsssss1 españoles del grupo. Pues, en última instancia, resulta menos gravoso para los contribuyentes que solamente deba presentar IPP la matriz, para evitar el solapamiento de distintos deberes IPP con alcance similar, pero no necesariamente idéntico. Denominamos a estas vías de obtención de IPP como mecanismo primario y mecanismo secundario respectivamentessss1.

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