Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн
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En segundo lugar, constituye infracción la presentación de declaraciones dentro del plazo fijado en la normativa, aunque de forma incompleta, inexacta o con datos falsos, con independencia de que deba presentarse en formato en papel o electrónico. Asimismo, constituye con carácter general infracción la presentación de declaraciones por medios distintos a los electrónicos cuando fueran debidas en dicho formato.
Destaca que el art. 199.1 de la LGT califica este supuesto como infracción grave, frente al carácter leve de la falta de presentación o de la presentación de declaración complementaria o sustitutiva de anteriores presentadas en plazo de forma incompleta, inexacta o con datos falsos. Aun así, las sanciones aplicables bajo el artículo 198 LGT pueden ser cuantitativamente superiores a las derivadas de este artículo 19 LGT.
La sanción por presentación incorrecta de toda declaración informativa en general consiste en la cuantía fija de 150 euros. No obstante, en caso de resultar un incumplimiento de un deber basado en el artículo 93 de la LGT, la sanción consiste en una multa proporcional de hasta el 2 por ciento del importe de las operaciones no declaradas o declaradas incorrectamente, siendo la cuantía mínima de la sanción de 500 euros. En caso de presentarse correctamente, utilizando medios distintos de los electrónicos, cuando debieran utilizarse, la sanción consiste en una multa fija de 250 euros.