Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн
50 страница из 87
En todo caso, esta perspectiva omnicomprensiva de IPP está asociada a que sus objetivos según la OCDE se refieren a todo tipo de riesgos fiscales BEPS, entendidos como disminución de la recaudación tributaria de determinados contribuyentes por razón de su planificación fiscal por debajo de lo deseable, cuya medida parece proponerse con las medidas GloBE y, en concreto, la propuesta de tributación mínima. Por eso, como afirma BRAUNERssss1, las medidas IPP deberían haberse planteado como resultado de la genérica Acción 11 del Plan BEPS. Ahora bien, insistimos en que su configuración y utilidad práctica no permite de por sí identificar riesgos fiscales con una mínima garantía de aciertossss1. Por eso, no compartimos la opinión de BRAUNER en lo que respecta a la utilidad real de esta IPP para evaluar políticas BEPSssss1, al menos en sus términos o alcance actual en nuestro ordenamiento jurídico.
Es precisamente la configuración actual de IPP, según los criterios incorporados por el modelo de la OCDE que reflejan la posición en las negociaciones o trabajos de configuración de IPP por parte de determinadas jurisdicciones o grupos, la que impide esta utilidad práctica para una verdadera identificación de riesgos asociados a la estructura u operativa de un grupo en toda evaluación basada en IPP, más allá de una mera presunción basada en datos preparados según criterios de registro que no coinciden plenamente entre jurisdicciones, además de necesitar cierta aclaración (ej. cuestión temporal). Por eso, por coherencia con el IS u otros a quienes pretenda servirssss1, conviene modificar la configuración actual del deber, de entre opciones recientemente consideradas por la OCDEssss1. Aun así, se mantiene nominalmente el doble objetivo de identificar riesgos fiscales asociados a políticas de precios de transferencia u otras con efectos BEPS para asegurar un mismo o mejor resultado de las actividades de control de la Administración tributaria, al tiempo en que se reducen los costes dedicados a esta última actividad de aplicación del IS.