Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн
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ssss1.OCDE (2016), Documentación sobre precios de transferencia e informe país por país, Acción 13 – Informe final 2015, Proyecto de la OCDE y del G-20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios, Éditions OCDE, Paris. http://dx.doi.org/10.1787/9789264267909-es.
ssss1.OCDE (2017), Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia (…) Op. cit.
ssss1.La OCDE reconoce la posible adaptación de IPP en caso de que el propio sistema legislativo (para.5.50 de las DPT). Aun así, desde la perspectiva de nuestro ordenamiento jurídico, y del vigente en otros Estados de Derecho, cualquier disposición de esta naturaleza debe respetar el marco normativo (constitucional y legal) en que se inserta, no siendo esta adaptación opcional sino obligatoria. Precisamente, como veremos al analizar IPP desde una perspectiva jurídica (páginas 144 y siguientes), esta adaptación a nuestro ordenamiento jurídico constituye groso modo la medida de conformidad de la normativa IPP con el bloque constitucional y con la legislación vigente, así como con el Derecho de la UE.