Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн
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ssss1.En el caso español, podemos ilustrar este punto con dos ejemplos. Por un lado, el preámbulo de nuestro RIS afirma que los deberes formales sobre operaciones vinculadas de su Capítulo V (información y documentación sobre operaciones vinculadas, que incluye el deber IPP) hacen eco de las conclusiones alcanzadas entorno a la Acción 13 del Plan BEPS. Por otro lado, la AEAT, en su espacio web, accesible para los contribuyentes, informa de algunos criterios para cumplimentar IPP, admitiendo términos y definiciones incluidas en el Informe final de 2015 de la OCDE, a pesar de contar con fecha de publicación posterior a la implementación de IPP en nuestro ordenamiento jurídico. Ver Agencia Española de Administración Tributaria. Modelo 231. Información general: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/GI41/informacion.shtml.
Por añadido, en el contexto de la UE en que nos encontramos, la DAC 4, que incorpora el intercambio automático de IPP entre Estados miembros, incluye una regulación del estándar mínimo IPP para delimitar la información a intercambiar, manda a los Estados miembros recurrir al Informe final de 2015 sobre la Acción 13 BEPS “(…) como fuente de ilustración o interpretación de la presente Directiva y a fin de garantizar la coherencia en la aplicación en los distintos Estados miembros”. Ver Considerando (17) de la DAC4.