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ssss1.Supra n. 7.

ssss1.OCDE, About the Inclusive Framework on BEPS (Octubre 2020), https://www.oecd.org/tax/beps/inclusive-framework-on-beps-composition.pdf.

ssss1.Punto 7, en el comunicado de los Ministros de finanzas y Gobernadores de Bancos Centrales del G20 asociado a la reunión de Shanghai (en: http://www.g20.utoronto.ca/2016/160227-finance-en.html). Igualmente, Punto 2.1, en Nota informativa de marzo de 2016 de la CDE “El marco inclusivo para la implementación de las medidas BEPS”.

ssss1.En palabras de la OCDE, este marco inclusivo se crea como entorno abierto “que permite a los países y jurisdicciones interesados colaborar con los miembros de la OCDE y del G-20 en la elaboración de normas que regulen los problemas de erosión de las bases imponibles y de traslado de beneficios, así como en la supervisión y proceso de revisión de la implementación del entero paquete de medidas del Proyecto BEPS”. La pertenencia a este marco inclusivo exige a los no miembros de la OCDE que lo integran a aceptar los paquetes de medidas derivados del Plan BEPS y comprometerse a implementarlos en sus respectivos ordenamientos jurídicos. Ver OCDE (2016), Nota Informativa “El marco inclusivo para la implementación de las medidas BEPS” de marzo de 2016, en https://www.oecd.org/tax/nota-informativa-marco-inclusivo-para-la-implementacion-del-proyecto-beps.pdf.

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