Читать книгу Practicum Proceso Penal 2022 онлайн

230 страница из 409

En los órganos colegiados, para dictar providencias bastan dos Magistrados si estuviesen conformes (art. 145 LECrim, último párrafo).

Autos. Los autos son resoluciones que deben dictarse en los supuestos indicados en el art. 141 de la LECrim y que son los siguientes: cuando decidan incidentes o puntos esenciales que afecten de una manera directa a los imputados o procesados, responsables civiles, acusadores particulares o actores civiles; cuando decidan la competencia del Juzgado o Tribunal; cuando decidan la procedencia o improcedencia de la recusación; cuando decidan recursos contra providencias o decretos, la prisión o libertad provisional, la admisión o denegación de prueba o del derecho de justicia gratuita o afecten a un derecho fundamental y, finalmente, los demás que según las Leyes deben fundarse.

Los autos serán siempre fundados y contendrán en párrafos separados y numerados los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho y, por último, la parte dispositiva. Serán firmados por el Juez, Magistrado o Magistrados que los dicten.

Правообладателям