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Por lo expuesto, SUPLICO AL JUZGADO PARA LA SALA que se reciba el proceso a prueba en la segunda instancia, señalándose vista para su práctica y proponiendo los siguientes medios de prueba:
– PERICIAL PSIQUIÁTRICA a practicar por el perito Sr. …………, Psiquiatra del Hospital……, para que informe sobre la influencia de la droga en las facultades psicofísicas del acusado, así como de las enfermedades psíquicas asociadas a la ingesta de droga.
OTROSÍ SEGUNDO que al amparo de lo dispuesto en el art. 790.2 de la LECrim designo al Procurador que suscribe para recibir las notificaciones, el cual se halla habilitado para actuar ante la Sala, por lo que
SUPLICO se tenga por hecha la anterior manifestación.
En Lugar y Fecha.
(Firma de Procurador y Abogado)
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Tramitación en el órgano a quo. Recibido el escrito de formalización, el Juez, si reúne los requisitos exigidos, admitirá el recurso. En caso de apreciar la concurrencia de algún defecto subsanable, concederá al recurrente un plazo no superior a tres días para la subsanación. Admitido el recurso, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado del escrito de formalización a las demás partes por un plazo común de diez días. Dentro de este plazo habrán de presentarse los escritos de alegaciones de las demás partes, en los que podrá solicitarse la práctica de prueba en los términos establecidos en el art. 790.3 de la LECrim y en los que se fijará un domicilio para notificaciones.