Читать книгу El nuevo marco legal de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia en España онлайн

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Todas estas medidas con ser mucho no son suficientes para el tema del que estamos tratando. En realidad, sería más conveniente abordar el tema de la violencia contra la infancia en una norma de contenido global en la que se recogieran todos los aspectos del problema, tal como se ha hecho ahora con la LO 8/2021de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. (en adelante LOPIVI)ssss1. Señala el art. 1.2 LOPIVI que se entiende por violencia toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital. Y añade el mismo apartado que “en cualquier caso, se entenderá por violencia el maltrato físico, psicológico o emocional, los castigos físicos, humillantes o denigrantes, el descuido o trato negligente, las amenazas, injurias y calumnias, la explotación, incluyendo la violencia sexual, la corrupción, la pornografía infantil, la prostitución, el acoso escolar, el acoso sexual, el ciberacoso, la violencia de género, la mutilación genital, la trata de seres humanos con cualquier fin, el matrimonio forzado, el matrimonio infantil, el acceso no solicitado a pornografía, la extorsión sexual, la difusión pública de datos privados así como la presencia de cualquier comportamiento violento en su ámbito familiar”. Se abarcan así todas las posibles actuaciones que puedan suponer una violencia sobre la infancia, pues como señala el Preámbulo la Ley pretende combatir “la violencia sobre la infancia y la adolescencia desde una aproximación integral, en una respuesta extensa a la naturaleza multidimensional de sus factores de riesgo y consecuencias”.

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