Читать книгу El nuevo marco legal de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia en España онлайн

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De hecho, aunque el propio TC ha apelado a un “uso prudente” del título atribuido por el art. 149.1.1.ª CE para impedir vaciar por esta vía las competencias autonómicasssss1, ello no impide al Estado emplear esta cláusula como “asidero importante para reforzar algunas de sus competencias, e incluso para incidir sobre materias en relación con las cuales carece de títulos competenciales específicos que le habiliten a actuar, como ha venido a suceder en el ámbito de las políticas públicas de contenido social y, muy señaladamente, en las vinculadas a la problemática de la discapacidad y la dependencia”ssss1.

En ese contexto, pese a las evidentes dificultades interpretativas, el TC ha precisado paulatinamente el alcance de este título competencial. Se ha servido para ello de los cuatro elementos que expresamente señala dicho título:

(i) la actuación de “regulación” permitida al Estado, como actuación normativa distinta de la ejecución o gestión asumible por las CC.AAssss1 –al Estado le está permitido, además, una mínima actividad de diseño organizativo para establecer instituciones comunes de garantía en relación con un determinado derechossss1–;

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