Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн
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Esta norma, coincide en su finalidad con el artículo 222 del Código Civil en relación a los menores en situación de desamparo y supone un procedimiento de urgencia en el que nuevamente el Ministerio Fiscal presenta un papel protagonista en la protección de la persona con discapacidad.
IV. EL INEXISTENTE ESTATUTO DE LA PERSONA QUE PRESTA EL APOYO
La Ley 8/2021, no establece un estatuto de la persona que ejercite un apoyo. Se encuentran en el articulado solo indicios de carácter negativo, como se verá seguidamente.
1. LA INFLUENCIA INDEBIDA
En primer lugar la influencia indebida.
El art. 12 de la Convención, al determinar que en las medidas de apoyo se procurará evitar situaciones en las que se puedan producir conflictos de intereses o influencia indebida.
Sin duda esta declaración debe ser desarrollada para analizar el grado de implicación del notario o de la autoridad judicial en el establecimiento de medidas de apoyo.
Y hasta donde debe llegar una averiguación previa que parezca evidente y sobre la que el notario deberá dejar rastro en el documento o denegar la autorización.