Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн

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En este punto debe destacarse que no se modifica el art. 763 referente al internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico que no se adecúa a la reforma.

4. MEDIDAS DE APOYO PARA MAYORES DE EDAD O EMANCIPADOS

Las medidas de apoyo voluntarias se prevén en el art. 255 del Código Civil dirigidas a mayores de edad o menores emancipados, y tanto en previsión como en apreciación de su propia dificultad de ejercicio de su capacidad jurídica –en igualdad de condiciones con las demás–.

A. Ámbito

En tal caso podrá prever o acordar en escritura pública medidas de apoyo relativas a su persona o bienes.

El alcance de las medidas respecto de su persona plantea la posibilidad de regular su propio internamiento, además de indicar los tratamientos o cuidados que prefiere.

Esta voluntad de la persona con discapacidad podría ser contrastada con opiniones medicas en cuyo caso se plantea la cuestión de si es posible su revocación por el órgano judicial, como en general cualquier medida de apoyo.

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