Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн

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Dado su carácter voluntario no parece posible que la supervisión o control consista en el recurso voluntario a la autoridad judicial, sin perjuicio de que esta intervención esté reglada como garantía de interés público.

Por último, el Art. 255 cierra el apartado relativo a las disposiciones generales, estableciendo un criterio para las situaciones de urgencia en las que la persona con discapacidad carezca de guardador de hecho. Posteriormente se analizará esta figura, reforzada en la nueva ley.

En tal caso se prevé que el apoyo provisional sea prestado por la entidad pública que en el respectivo territorio, Comunidad Autónoma, tenga encomendada esta función.

Se establece una obligación a la entidad que deberá dar conocimiento de la situación al Ministerio Fiscal en el plazo de veinticuatro horas.

Esta medida ha de considerarse aplicable a todo el territorio nacional en virtud de la aplicación estatal del estatuto del Ministerio Fiscal, establecido por Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

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