Читать книгу El teletrabajo: balance del primer año de negociación colectiva y aplicación judicial онлайн
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a) En materia sancionadora, se modifica el Art. 40 LISOS, elevando las cuantías para todas las infracciones, en sus grados leve, grave y muy gravessss1.
b) A efectos de considerar la Autoridad Laboral competente y los servicios y programas públicos de fomento de empleo aplicables, se modifica la Disposición Adicional 3.ª (que en el RDL 28/2020 hacía alusión al plan MECUIDA), para considerar como domicilio de referencia el que figure como tal en el contrato de trabajo y, en su defecto, el domicilio de la empresa o del centro o lugar físico de trabajo.
c) Se incide en las particularidades del trabajo a distancia para personas con discapacidad en un triple sentido 1) asegurar que los medios, equipos y herramientas, incluidos los digitales, sean universalmente accesibles, para evitar cualquier tipo de exclusión por esta causa (Art. 11.1); 2) tener en cuenta, en la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva, factores tales como la accesibilidad del entorno laboral efectivo (Art. 16.1); y 3) adoptar, en el ejercicio de las facultades de control empresarial, las medidas pertinentes que tengan en cuenta las circunstancias personales de la persona trabajadora como es la concurrencia de una discapacidad (Art. 22).