Читать книгу El trabajo a distancia: una perspectiva global онлайн

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Tan urgente intervención legislativa hubo de esperar ocho años para que, ya dentro de la etapa de consolidación del Derecho español del Trabajo en la Dictadura de Primo de Riverassss1, se promulgara, adelantándose al Código del Trabajossss1, el Real Decreto-ley de 26 de julio de 1926 cuya entrada en vigor quedaba demorada a la promulgación de su reglamento, efectuada por Real Decreto de 20 de octubre de 1927ssss1.

La exposición de motivos de la norma justifica su promulgación en términos filantrópicos y tuitivos: se presenta animada por “un espíritu de justicia y de paz social, compendiados dentro de la finalidad tuitiva que persigue en beneficio de una gran masa de trabajadores, en su mayoría pertenecientes al sexo femenino, que hasta ahora aparecían fuera de la protección tutelar del Estado”. El Ministro proponente, don Eduardo AUNÓS, titular de la entonces cartera de “Trabajo, Comercio e Industria”, afirma “haber cumplido un deber de humanidad, respecto a quienes por su humilde condición se hallaban más necesitados de la acción del Gobierno; quien, en su acción reparadora de antiguos desvíos, va dando causa legal a las reivindicaciones que, desprovistas de apasionamiento, se inspiran en un alto sentido de justicia”.

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