Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн

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- En su art. 20, rubricado “Fin de la vía administrativa”, al señalar que “las resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridas opcionalmente: b) solicitando su resolución por vía de mediación, conciliación o arbitraje”.

- Y el artículo precedente, el 19, establece la posible terminación convencional de los procedimientos administrativos derivados de la aplicación de esa ley, exceptuando “aquellos que versen sobre materias no sujetas a transacción… A tal fin, podrá optarse por la negociación directa o a través de mediadores o conciliadores nombrados de común acuerdo”.

Igualmente la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana considera, en su Exposición de Motivos, que “no pueden desconocerse las potenciales posibilidades que nos brinda la mediación en el ámbito administrativo”, para añadir más adelante que “resulta idónea la implantación de los procedimientos mediadores en multitud de ámbitos tan aparentemente heterogéneos como pueden ser el familiar, el sanitario, el medioambiental, el cooperativo, el empresarial, el comunitario o el administrativo, por poner solo algunos ejemplos”.

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