Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн

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La infracción del deber de confidencialidad generará responsabilidad en los términos previstos en el ordenamiento jurídico (art. 9.3 LM), es decir, en atención a lo establecido en el art. 14 LM –rubricado “responsabilidad de los mediadores”– que distingue entre la responsabilidad del mediador y la de la institución de mediación:

- Los mediadores deberán indemnizar por los daños y perjuicios causados debido al incumplimiento de su deber de cumplir fielmente su encargo, incluido el deber de confidencialidad. El perjudicado tiene acción directa contra el mediador y, en su caso, la institución de mediación que corresponda, con independencia de las acciones de reembolso que asistan a esta contra los mediadores.

- La responsabilidad de la institución de mediación deriva de la designación del mediador o del incumplimiento de las obligaciones que le incumben, incluido su deber de confidencialidadssss1.

De todas formas, debe entenderse que si con la vulneración del deber de confidencialidad se ha cometido un hecho delictivo existirá responsabilidad penal, que habrá de solventarse ante los órganos jurisdiccionales del orden jurisdiccional penal.

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