Читать книгу Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética онлайн

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6. UNA VALORACIÓN DE CONJUNTO

Realmente es muy complejo hacer un balance de conjunto de una cierta validez general. No obstante, sí podemos señalar que el régimen de distribución de competencias en materias tan variopintas como las que acabamos de indicar nos permite indicar que la implementación del régimen jurídico derivado de la LCCTE con sus determinaciones directas y todo el bloque de planificación y ordenación de carácter secundario, implica, realmente, a muchos agentes en la consecución de los objetivos propuesto o impuestos desde la norma estatal.

En este punto, como se señalaba anteriormente, el miedo más grande en un esquema como este de cara a la implementación real de las políticas públicas está en la inejecución o la falta de adaptación temporal y la escasa capacidad de coerción desde la norma común. Deberán ser, por tanto, las normas sectoriales, en las que el Estado retiene un importante volumen de competencias que se traducen en el dictado de normativa básica, el que debe establecer las formas y los mecanismos para el cumplimiento, incluso, coercitivo de la normativa general.

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