Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

108 страница из 198

II. PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL EN ESPAÑA Y LA ESPECIAL INCIDENCIA DE LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO

Cualquiera que sea su nacionalidad, los menores extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la protección por parte de los poderes públicos en igualdad de condiciones con los menores españoles. Dicha protección deriva, como es sabido, en primer término, de la propia Constitución española de 1978, que en su artículo 39, apartado 4, dispone: “Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”.

Cuando hablamos de la protección de la infancia, la protección de los derechos se ve intensificada, y nuestra Constitución no diferencia entre menores españoles y extranjeros, ni separa a los menores extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea de los menores nacionales de terceros Estados, puesto que los textos internacionales relativos a los derechos de los menores expresamente impiden la posibilidad de que se produzca ningún tipo de discriminación. Tampoco permiten estos textos las establecidas en razón de la nacionalidadssss1, que es la circunstancia introducida como elemento diferenciador o discriminador en la legislación de extranjeríassss1.

Правообладателям