Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 онлайн

1200 страница из 1286

3. Entregar al comprador los títulos de pertenencia (artículo 1.464) y, en general, facilitarle los informes necesarios para asegurar su autenticidad y publicidad mediante la inscripción en el Registro público adecuado.

4. Prestar la garantía o saneamiento en los dos casos de evicción y vicios ocultos (artículos 1.461 y 1.474 y siguientes).

5. Pagar los gastos de otorgamiento de la escritura matriz, salvo pacto en contrario (artículo 1.455) y los de la entrega (artículo 1.465).

Entrega de la cosa. El vendedor tiene como obligación la de entregar la cosa objeto del contrato.

Forma. Admite varias clases:

Tradición real. Se refiere a ella el párrafo 1.º del artículo 1.462 cuando dice que:

«Se entenderá entregada la cosa vendida, cuando se ponga en poder y posesión del comprador».

Tradición instrumental. A ella se refiere el Código en el artículo 1.462, párrafo 2.º que dice que:

«Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa objeto del contrato, si de la misma escritura no resultare o se dedujere claramente lo contrario».

Правообладателям