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Resulta de interés la ya citada STS de la Sección 1 de la Sala de lo Civil de 18 de junio de 2012 cuando explica que «La libertad de expresión del abogado en el ejercicio de defensa de su patrocinado, debe valorarse en el marco en el que se ejerce y atendiendo a su funcionalidad para el logro de las finalidades que justifican su régimen. En el presente caso, las declaraciones se efectúan al objeto de poner de manifiesto la disconformidad con la decisión adoptada por el juez de decretar el ingreso en prisión de su defendido, para lo cual declara entre otras cosas: "Un sustituto no está para lo que está haciendo el juez. No se pueden coger 16.000 folios o una pieza y en tres días ordenar detenciones y hacer una serie de cosas para irse el día siguiente", "El juez ha entrado en el asunto como un elefante en una cacharrería", "El juez ha dictado un auto de prisión que más parece una sentencia condenatoria, pero dictada además en secreto, sin posibilidad de defensa ni de recurso y que parece propia de Torquemada", "El juez debe ser un superhombre", "hay una caza de brujas", "El juez tiene una falta +absoluta de sentido común e incluso de actualización de conocimientos", "El juez estaba predeterminado", "El juez tenía decidido de antemano el ingreso en prisión", "Podría haber prevaricado en la medida de prisión que adoptó", y "Es un montaje y contrario a la Constitución".

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