Читать книгу Manual de Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Migraciones laborales онлайн
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La coordinación europea de las políticas de empleo. Una estrategia coordinada de empleo: Los artículos 145 a 150 TFUE establecen una estrategia coordinada de empleo. Se esfuerzan por potenciar una mano de obra cualificada, formada y adaptable y mercados laborales con capacidad de respuesta al cambio económico. La UE colabora con los Estados miembros en estos fines; completa si es preciso su acción (artículos 146 y 147). El Consejo Europeo examina anualmente la situación del empleo en la Unión y adopta conclusiones al respecto, basándose en un informe conjunto anual elaborado por el Consejo (de Ministros) y la Comisión (artículos 148 a 150). Basándose en éstas, sobre propuesta de la Comisión y después de una consulta amplia de los órganos europeos, el Consejo elabora “orientaciones” que los Estados deben “tener en cuenta”. Estos últimos comunican anualmente un informe al Consejo y a la Comisión sobre las principales medidas tomadas para poner en ejecución, a la luz de las orientaciones, su política de empleo. El Consejo examina estos documentos y puede dirigirles recomendaciones a los Estados miembros, a la mayoría cualificada, sobre propuesta de la Comisión. El informe anual conjunto del Consejo y de la Comisión presentado al Consejo europeo tiene como base los resultados de este examen.