Читать книгу Cuestiones jurídicas relevantes sobre la economía conyugal онлайн

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ssss1.Suscita ciertas dudas NIETO ALONSO, A., op. y loc. cit., pp. 69 y ss.

ssss1.Cfr. PEÑA BERNALDO DE QUIRÓS, M., op. y loc. cit., p. 667.

ssss1.Cfr., por extenso, DURÁN RIVACOBA, R., Donación de inmuebles. Forma y simulación, 2.ª Ed., Thomson-Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2003, pp. 184 y ss.

ssss1.Cfr. MORENO VELASCO, V., “La atribución de la ganancialidad por voluntad de los propios cónyuges”, La Ley, 13470/2009, p. 1, con la cita de la RDGRN de 21 de septiembre de 1990: “dicho negocio atributivo no debe confundirse con la confusión de privatividad, pues la virtualidad de ésta, a efectos de la calificación del bien, sobre ser relativa en su ámbito subjetivo (artículo 1324 del Código Civil), queda subordinada a la realidad o inexactitud del hecho confesado (vid. artículo 1234 del Código Civil)”.

SERRANO FERNÁNDEZ, M., sostiene aplicables las restricciones en ambos supuestos (cfr. op. y loc. cit., p. 989), como también hace NIETO ALONSO, A., (cfr. op. y loc. cit., pp. 63 y ss.), de lo que me permito disentir, habida cuenta del reintegro que media en nuestra hipótesis.

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