Читать книгу Derecho y energías renovables онлайн
34 страница из 538
– Orgánicos. De referencia científica.
Las bases científicas de la lucha contra el cambio climática se sitúan en las evaluaciones del IPCC, así como de otros organismos internacionales (como la IPBESssss1), pero, la LEuC también crea su propio órgano científico, a través de la modificación del marco normativo de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA). Con independencia funcional, este nuevo órgano complementará las funciones de la Agencia. De esta forma, se crea el Consejo Científico Consultivo Europeo sobre Cambio Climático que interiorizará en la UE la referencia científica para la política climática. Su creación se realiza mediante la adición de un nuevo precepto (10 bisssss1) al Reglamento UE 401/2009 sobre la AEMA (artículo 3 LEC).
Como referencia científica europea para la política climática, este Consejo asume las funciones generales de análisis, asesoramiento científico, determinación de acciones y refuerzo de la conciencia y diálogo climáticos que se recogen en el artículo 3.2 de la LEuC, que conectan de manera coherente con las conclusiones científicas de los informes del IPCC, de la IPBES y de otros organismos internacionales, y sobre las que se establece el mandato de su transparencia y publicidad.