Читать книгу Proceso civil y nuevas tecnologías онлайн

141 страница из 145

ssss1. Con todo, no faltan autores que consideran que dicha expresión permite distinguir los instrumentos informáticos que se asemejan a los audiovisuales, que se valorarán conforme a las reglas de la sana crítica, y los restantes, que, habida cuenta su naturaleza, próxima a la de los documentos, a su entender, deberían valorarse de conformidad con las reglas de valoración de éstos (cfr. ARAGONESES MARTÍNEZ, Sara, CUBILLO LÓPEZ, Ignacio, HINOJOSA SEGOVIA, Rafael, PEITEADO MARISCAL, Pilar, y TOMÉ GARCÍA, José Antonio, Cien cuestiones controvertidas sobre la prueba en el proceso civil, Ed. Colex, Madrid, 2004, p. 185. ISBN 9788478798704); o que señalan que la prueba electrónica se halla sujeta a una sana crítica “especialísima”, queriendo expresar con ello que, en estos casos, la valoración demanda una atención especial o una mejor información sobre aspectos técnicos (vid. GARCÍA PAREDES, Antonio, La prueba en juicio: ¿y si es electrónica? En: Revista de la contratación electrónica, núm. 62, julio, 2005, p. 9. ISSN 1576-2003).

Правообладателям