Читать книгу Mujer, inclusión social y Derechos Humanos. Reflexiones desde las ciencias sociales y jurídicas онлайн

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Sería, además, muy deseable, garantizar que los criterios de valoración de los puestos de trabajo consten expresamente en los convenios colectivos, que deberían garantizar la obligatoriedad de transparencia en los criterios de valoración de la clasificación profesional, de manera que se pueda comprobar que no se infravaloran o invisibilizan los factores o condiciones de trabajo concurrentes en los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres, y se evite, de esa manera, cualquier prejuicio sexista en la valoración de los puestos, derivado de factores como el efecto halo, la influencia de los rangos jerárquicos o salariales o la ponderación, exclusivamente, de los requerimientos más visibles en un puesto de trabajo, obviando otros más ocultos o desconocidos pero igualmente importantes.

Se deberá estar vigilante, en fin, a otro gran temor de los trabajadores, y es el hecho de que la corrección de la discriminación retributiva por razón de sexo pueda implicar la disminución generalizada global de todas las retribuciones, por proceder a igualarlas a la baja. Este factor puede dificultar la necesaria colaboración de todo el personal de la empresa en la consecución de los objetivos de igualdad retributiva.

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