Читать книгу Los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta онлайн

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Palabras clave: Menores con problemas de conducta, sistema de protección de menores, guarda administrativa, derechos fundamentales, derecho a la integridad física y psicológica, derecho a la intimidad.

Keywords: Minors with behavioral problems, child protection´s system, fundamental rights, right to physical and psychological integrity, right to privacy.

I. INTRODUCCIÓN

En los últimos cuarenta años el sistema de protección de menores en nuestro país ha evolucionado más que en los últimos siglos.

Se nos vienen a la cabeza instituciones caritativas como hospicios, orfanatos, casas cuna, etc., que acogían a menores abandonados o huérfanos. O las figuras del Padre de Huérfanos de Zaragoza (s. XV) o Los Toribios de Sevilla, (s. XVIII), destinados a recoger a menores vagabundos y que se dedicaban al pillaje. Pero no es hasta entrado el s. XX cuando el sistema de protección de menores pasó de tener un carácter meramente privado en el que las órdenes religiosas asumían esta función (principalmente las Hijas de la Caridad, la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, los Salesianos o los Dominicos), a que fueran las Administraciones Públicas quienes la ostentaran. El Estado, las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos se repartieron las competencias de la gestión de los hospicios y las inclusas, haciéndose cargo de la beneficencia general. Ello creó, a su vez, la conciencia de la necesidad de aprobar leyes de protección de menores. Así, se dicta la Ley de Protección a la Infancia de 1904, por la que se crean en 1908 las Juntas Provinciales y Locales de Protección a la Infancia y el Consejo Superior de Protección de la Infancia y Represión de la Mendicidad, de quien dependía la Obra de Protección de Menores; en 1918 la Ley de los Tribunales para Niños; y en 1929 la Ley el Tribunal Tutelar de Menores, posteriormente modificada en 1948, y que tenía un doble carácter, era una norma de protección y reforma a la vez. Todas estas normas compartían una esencia benéfica y filantrópica, que gravitaba sobre la idea de que los menores que carecieren de familia o su atención era deficitaria, debían ser atendidos en una institución que pudiera cubrir sus necesidades más elementales en sustitución de su familiassss1.

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