Читать книгу Los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta онлайн
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Se evidenció, no sin alarma, cómo funcionaban algunos de los centros, cuyos proyectos iban destinados específicamente a esta población. Se aprobaron reglamentos de convivencia rigurosos. Se comprobó que existían celdas de aislamiento (sin ventilación ni comunicación y cuya utilización no tenía motivación alguna), se administraban fármacos (pero sin atender las prescripciones establecidas en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica), se utilizaba la contención física (vulnerándose el derecho fundamental a la integridad física y psicológica) y el derecho a la participación de estos menores en su proyecto personal era nulossss1.
Desde el punto de vista normativo la disparidad también era y es constatable. De hecho, en algunos casos ni tan siquiera se preveía le ingreso de estos menores en centros especializadosssss1. Y cuando expresamente existía un precepto relativo al ingreso de estos menores nos podíamos encontrar tres escenarios: bastaba con la emisión de una resolución motivada por parte de la Administración, debiendo ser comunicado el Ministerio Fiscalssss1; se exigía el previo consentimiento del menor y de sus responsables parentales y en caso de no existir se solicitaba la autorización judicial pertinentessss1; o la Administración solicitaba directamente la autorización judicial directassss1.