Читать книгу Asimetrías en el sistema español de garantías reales онлайн

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ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., pp. 58 ss.

ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., pp. 42 ss.

ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., pp. 17 ss.

ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., p. 58.

ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., p. 127. El entrecomillado dentro del texto reproducido se corresponde con la cita textual que el autor realiza a SANCHO REBULLIDA, F. DE A.: “Notas sobre la causa de la obligación en el Código Civil”, en Estudios de Derecho civil, t. I, EUNSA, Pamplona, p. 154.

ssss1. GALICIA AIZPURUA: Causa…, cit., p. 129: “En el caso de que se convenga en la lectura recién propuesta del art. 1274 CC, se convendrá también en que la exigencia de este requisito por el 1261.3.° solo ha de ostentar un sentido, resumible en lo siguiente: para que el contrato tenga la virtualidad de generar obligaciones que supongan, ex novo, sacrificios económicos o personales para una o ambas partes, éstos, o bien han de estar compensados por una ventaja específicamente destinada a suplirlos, o bien han de obedecer al ánimo liberal del deudor que los padece; o sea: cuando la obligación pactada importe una efectiva atribución para el acreedor y un correlativo sacrificio para el deudor, debe detectarse necesariamente un fundamento (causa) de ella, fundamento que sólo viene suministrado, a tenor del artículo 1274, ya por la obtención de una ventaja paralela que tenga por fin sustituir en concreto el sacrificio, ya por la simple liberalidad del (en tal hipótesis) bienhechor”.

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