Читать книгу Asimetrías en el sistema español de garantías reales онлайн

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ssss1. RODRÍGUEZ-ROSADO: Fiducia…, cit., pp. 204-206.

ssss1. En esta misma obra, GALICIA AIZPURUA, G.: “Prenda de créditos dinerarios, garantías financieras, pacto comisorio y pacto marciano (o por qué el Código Civil no reguló la prenda de créditos)”.

ssss1. Se lee en la STS de 16 de mayo de 2000 (RJ 2000, 5082), que sentó la nulidad de una operación de lease-back relativa a un bien inmueble por vulneración de la prohibición de pacto comisorio (la cursiva es añadida): “…resultando indiferente que adopte la fórmula clásica de apropiación en el supuesto de que se produzca el incumplimiento de la deuda, u otra distinta (aunque de efecto similar), como ocurre en el caso, de transmisión inmediata o simultánea del dominio en el momento de la generación del crédito, con efecto claudicante si se abonare totalmente la deuda, mediante el ejercicio de la opción de compra…” (FD Cuarto). A esta decisión nos referimos en el siguiente epígrafe.

ssss1. Y que, como señala GALICIA AIZPURUA: “Prenda…”, cit., en la perspectiva que ahora estamos analizando también caerían en el ámbito de la prohibición.

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