Читать книгу Régimen disciplinario castrense онлайн

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ssss1. “Ítem: por cuanto de los reniegos e blasfemias Dios Nuestro Señor es mucho deservido (…) y por evitar tan aborrecible uso y pecado, mando que ninguna persona de cualquiera condición que sea, no sea osado decir no creo en Dios, ni pese, ni reniego, ni del cielo, ni no ha poder en Dios; y que lo mismo se entienda de Nuestra Señora y de todos los otros santos, so pena que demás de ser ejecutadas las penas establecidas por las leyes del reino contra los blasfemos, la persona que en lo susodicho incurriere, pague quince castellanos de oro, la tercera parte para la primera cofradía de Nuestra Señora que en estas partes se hiciere, y la otra tercera parte para el fisco de S. M., y la otra tercera parte para el juez que sentenciar (…) Ítem: porque de los juegos muchas y las más veces resultan reniegos y blasfemias, e nacen otros inconvenientes, y es justo que del todo se prohíban y defiendan; por ende mando que de aquí adelante ninguna persona sea osada de jugar a naipes ni a otros juegos vedados, dineros ni preseas ni otra cosa alguna, so pena de perdimiento de todo lo que jugare, e de veinte pesos de oro”.

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