Читать книгу Régimen disciplinario castrense онлайн

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ssss1. Termina el texto mandando la obligatoriedad de cumplimiento de los mandatos contenidos so pena de incurrir en las mismas sanciones: “(…) Otro sí mandamos que cada y cuando levantaremos y se juntares cualesquier gentes así de los nros acontecimientos como de las ciudades y villas y lugares de los nros reynos o de cualesquier grandes caballeros nros vasallos que en los que se habla estas nras ordenanzas en los alardes y en las pagas y en los juramentos que se han de tomar a las gentes cuando se hiciere dho alarde se haga y cumplan los capitanes y veedores y contadores y pagadores que para las dhas gentes fueren nombrados so las penas en las dhas ordenanzas contenidas”.

ssss1. GONZÁLEZ-DELEITO Y DOMINGO, N., “La evolución histórica…”, loc. cit., pág. 33.

ssss1. Vid., DE SALAS LÓPEZ, F., Ordenanzas militares en España e Hispanoamérica, MAPFRE (Colección Armas y América), Madrid, 1992, págs. 27 a 34. Las Ordenanzas se leen públicamente el 22 de diciembre de 1520, con objeto de sumar las lecciones aprendidas fruto de la trágica desbandada de sus tropas en la ciudad de Méjico de la que se había retirado el 1 de julio de 1520 en la llamada Noche Triste.

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