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ssss1. Régimen viene definido por los aspectos sustanciales de lo que conocemos como orgánica militar, el sistema de reclutamiento y la previsión de abonos, entre otros conceptos. La disciplina tiene que ver con todo lo necesario para mantenerla y corregirla. En aspecto de subordinación se encuentra el catálogo de obligaciones correspondientes a cada grado y las relaciones jerárquicas. El servicio se refiere a la forma en que aquél ha de prestarse tanto en la guerra como en la paz.

ssss1. ORTEGA Y GASSET, J., “Aventuras de un capitán español”, Revista de Occidente, 1943, pág. 164 Idéntica cita puede encontrarse en GONZÁLEZ-DELETO Y DOMINGO N., “La evolución histórica…”, loc. cit., pág. 32 y COTINO HUESO, L., El modelo constitucional…, op. cit., pág. 140.

ssss1. De ambas circunstancias da fe el preámbulo introductorio de la Ordenanza cuando señala que: “(…) se habían hecho en diversas veces ciertas leyes y ordenanzas para la buena gobernación de los dichos nuestros capitanes y gentes de nuestras guardias y por haberse hecho en diversos tiempos algunas dellas eran contrarias unas de otras y todas algunas superfluas y no necesarias, y por no andar juntas muchas dellas no han sido sabidas ni guardadas, de cuya causa ha habido mucha falta y desorden así en la gobernación de los dichos nuestros capitanes y gentes y como en la paga de las dichas en nuestras guardias”. Al Preámbulo le siguen sesenta y dos artículos –muchos reiterativos y sin estructura sistemática– que sujetan el gobierno económico del ejército a regla, muy especialmente a través de la figura de los contadores mayores estableciendo un régimen de aposentamiento y dictándose normas acerca de la regulación de víveres, revista, armamento y retribuciones.

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