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3.3. PRESUPUESTOS JURÍDICO-ADMINISTRATIVOS DEL FEUDALISMO DURANTE LA RECONQUISTA: VASALLAJE, CLIENTELA Y RECLUTAMIENTO
Durante la Edad Media la disciplina castrense encuentra frecuentemente apoyo en lazos privados de dependencia personal que ligan a los vasallos con sus señores, puesto que no en balde tales relaciones de vasallaje nacen impregnadas de carácter militar.
Por el vasallaje, la relación que mantienen vasallo y señor (del cual dependía y al que juraba ser fiel) es considerado como un contrato sinalagmático (el que se establece entre dos partes con requisitos por ambas)ssss1. Los lazos vasalláticos llevaban consigo unas subsiguientes obligaciones castrenses que conducían necesariamente a un régimen de clientelas militaresssss1.
La mayoría de los preceptos que han llegado a nuestros días relativos al Derecho militar en la época medieval se basan en el deber de prestar servicio militar o concurrir a la guerra. La importancia de la obligación de prestar el servicio es tal que la mayoría de las previsiones y las consecuencias disciplinarias de las que hay constancia en las fuentes medievales se refieren a este asunto.