Читать книгу Régimen disciplinario castrense онлайн

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Durante la Edad Media van a coexistir dos grupos sociales diferenciados obligados a la prestación del servicio de armas. El pueblo, que va a la hueste en cumplimiento de un llamamiento; es civil y se militariza. Y, el Señor que, haciendo profesión de las armas, se consagra a la guerra, que le reporta riqueza y poderío social.

A su vez, este servicio de armas podía prestarse de dos formas distintas: por un lado, formando “ejércitos expedicionarios”; por otro, organizando milicias defensivas. La lucha ofensiva venía constituida jurídicamente por las instituciones de la hueste, el fonsado y la cavalgada mientras que a la defensiva se la conocía con el sobrenombre de apellido.

Así, podemos hablar de huestessss1 cuando el señor, el rey o el propio concejo reunían al ejército para organizar expedición contra el enemigo con la finalidad de ocupar o sitiar villa, castillo o librar una batalla campal. El fonsadossss1 consistía en expediciones de corto alcance, devastadoras de la tierra enemiga, patrocinadas por el rey, señor, arzobispo, merino o concejo, semejantes en todo a la hueste, excepto en su magnitud, organización y propósito que no era otro que destruir cosechas o robar los ganados de los musulmanes. Por el apellido o rebatossss1, la obligación de concurrir venía determinada por la necesidad de defender el territorio de invasiones enemigas.

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