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ssss1. Homero habla de la prohibición de combatir fuera de línea. Vid., WEBER, M., “La disciplina y la objetividad del carisma”, en Economía y Sociedad, Fondo de Cultura Económica, Méjico, 1974, págs. 882 a 889 citado por COTINO HUESO, L., El modelo constitucional de las Fuerzas Armadas, Instituto Nacional de Administración Pública-Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2002, pág. 113.

ssss1. Disciplina que quedó plasmado en importantes textos normativos de cuya existencia se tiene constancia, v.gr., las Ordenanzas de Augusto, Trajano y Adriano o los libros de Catón el Censor, Cornelio Celso, Frontino o Paterno, si bien no ha llegado hasta nuestros días de forma completa.

ssss1. GUAITA MARTORELL, A., “La Administración militar”, Revista de Administración Pública núm. 7, págs. 105 a 128, en concreto pág. 107.

ssss1. García Gallo da cuenta de ello afirmando que “entre los españoles lo mismo que ocurre entre los celtas y germanos, muchos jóvenes guerreros se unen a un jefe valeroso y lleno de prestigio por sus hazañas y cualidades; para, formando una banda, ir, bajo su dirección, a robar sus riquezas a otros pueblos o a guerrear en otras partes” de manera que cuanto se extingue la vida del jefe el cliente muere ya que está consagrado por la devotio y la obediencia ha de ser ciega (GARCÍA GALLO, A., Manual de Historia del Derecho español, Madrid, 1964, págs. 492 y 493). Vid., también, GONZÁLEZ-DELEITO Y DOMINGO, N., “La evolución histórica de la jurisdicción penal…”, loc. cit., pág. 14.

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