Читать книгу La Seguridad Hídrica. Desafíos y contenido онлайн
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La prueba de que esto va a ser así se sustenta fácilmente, además de lo ya dicho, en el texto de los arts. 4 de la “Normativa” que contienen todos los proyectos de Planes Hidrológicos de Cuenca (de gestión estatal) que se han publicado a finales de junio de 2021 (para comenzar con dicha publicación el plazo de seis meses hábil para formular alegaciones respecto a los mismos). Así, el art. 4 de esos Planes (que son los del tercer ciclo de Planificación que tendrá las fechas 2022-2027 previsiblemente) indica bajo la rúbrica “adaptación al cambio climático” lo siguiente:
“De conformidad con el artículo 19 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, a lo largo de este ciclo de planificación se deberá elaborar un estudio específico de adaptación a los efectos del cambio climático en la demarcación para su futura consideración en la revisión de este plan hidrológico que, al menos, analice los siguientes aspectos:
a) Escenarios climáticos e hidrológicos que recomiende la Oficina Española de Cambio Climático, incorporando la variabilidad espacial y la distribución temporal.