Читать книгу Organización y llevanza del Registro Contable de Valores: responsabilidad de la sociedad de sistemas y entidades participantes онлайн
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ssss1. La Exposición de Motivos, Considerandos 35 y 36, en los cuales se refiere a esos ”altos directivos”, ”miembros del órgano de dirección”, los ”accionistas” y los ”participantes”, que deben ser personas idóneas para gestionar un DCV. Para interpretar la dicción del art. 27 del Reglamento, debe verse el Considerando 36 que expresamente se refiere a ”Las estructuras de gobierno corporativo varían según los Estados miembros, aunque, en la mayoría de los casos, se trata de estructuras monistas o duales o de una combinación de ambas. Son puramente funcionales, con miras a establecer normas destinadas a obtener un resultado concreto, independientemente del Derecho de sociedades nacional que se aplique a una entidad en cada Estado miembro. Por tanto, las definiciones no deben interferir en la asignación general de competencias prevista en el Derecho de sociedades nacional”.
ssss1. La redacción original del art. 54 LMV, establecía un equilibrio entre los participantes en el capital del SCLV, pero, desde el año 2001, la tendencia fue la inversa, propiciando el control por otras sociedades o grupos. Sobre el tema de los grupos de empresas y su problemática, pueden verse diversos trabajos: RUIZ PERIS, Juan Ignacio: Grupos de empresas, Mercado de Valores e igualdad entre los inversores, en RDM, n.° 218, octubre-diciembre 1995, pág. 1447 y ss. También la monografía de EMBID IRUJO, José Miguel: Introducción al derecho de los grupos de sociedades, Ed. Comares, Granada 2003, en el que estudia exhaustivamente los grupos de sociedades, con una amplia bibliografía nacional y extranjera.