Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн
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ssss1. En el mismo sentido, la STS 644/2020 de 30 de noviembre (RJ 2020, 5354) confirmó la sentencia de apelación que fijaba una pensión indefinida al no apreciar posibilidades ciertas superación del desequilibrio.
ssss1. Entre las más recientes, STS 450/2019 de 18 julio (RJ 2019, 3009), STS 245/2020 de 3 junio (RJ 2020, 1598).
ssss1. Reconoce esta sentencia que las circunstancias enumeradas en el artículo 97 “actúan como elementos integrantes del desequilibrio, en tanto en cuanto sea posible según la naturaleza de cada una de ellas y una vez determinada la concurrencia del mismo, actuarán como elementos que permitirán valorar la cuantía de la pensión”. A la vista de ello el juez debe estar en disposición de decidir sobre tres cuestiones: a) si se ha producido desequilibrio generador de; b) cuál es la cuantía de la pensión una vez determinada su existencia y c) si la pensión debe ser indefinida o temporal.
ssss1. Nos referiremos en adelante a “la beneficiaria”, sin perjuicio de que, obviamente, los argumentos pueden aplicarse si quien tiene derecho a la pensión es el marido (o ex marido).