Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн

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La desaparición del procedimiento de incapacitación que constituía la prueba de la situación de la persona con discapacidad obliga ahora al notario a interpelar en la fase probatoria sobre la situación de los posibles herederos incluidos en esta situación.

D) Expediente mercantil de reclamación de deudas dinerarias

Siete. Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 70, que queda redactada como sigue:

“c) Las deudas de alimentos en las que estén interesados menoresssss1, ni las que recaigan sobre materias indisponibles u operaciones sujetas a autorización judicial”.

Los artículos 70 y 81 se refieren respectivamente al expediente mercantil de reclamación de deudas dinerarias, de naturaleza civil o mercantil y de conciliación sobre materia asimismo civil y mercantil.

En ambos se limita objetivamente la competencia notarial para su incoación en determinados supuestos.

Así no podrán reclamarse mediante expediente notarial, las deudas de alimentos en las que estén interesados menores, ni las que recaigan sobre materias indisponibles u operaciones sujetas a autorización judicial.

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