Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн
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El internamiento es un tema sensible en cuanto de la doctrina constitucional resulta que se debe exigir una resolución judicial si la capacidad del internado no es plenassss1.
En la Ley 8/2021 es un tema conflictivo, al modificarse radicalmente la filosofía de suerte que la persona con discapacidad debe ser tratada con los correspondientes apoyos en igualdad de condiciones a otra persona. Lo que no siempre será posible sin curatela representativa.
El art. 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no se modifica y el art. 287.1 del Código Civil deja a salvo lo dispuesto especialmente en materia de internamiento.
Infra ssss1 al analizar el Convenio de la Conferencia de La Haya de 2000, se tratará nuevamente este tema.
Asimismo, en el ssss1, se analizan las singularidades forales y autonómicas civiles a esta figura.
ssss1.Artículo 249. Las medidas de apoyo a las personas mayores de edad o menores emancipadas que las precisen para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica tendrán por finalidad permitir el desarrollo pleno de su personalidad y su desenvolvimiento jurídico en condiciones de igualdad. Estas medidas de apoyo deberán estar inspiradas en el respeto a la dignidad de la persona y en la tutela de sus derechos fundamentales. Las de origen legal o judicial solo procederán en defecto o insuficiencia de la voluntad de la persona de que se trate. Todas ellas deberán ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad.