Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн

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En otro caso, es posible la extinción del poder por renuncia del apoderado o por solicitud de medidas apoyo judiciales solicitando su incompatibilidad en procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 51 bis Ley 15/2015, en la nueva redacción).

Adicionalmente la Disposición Transitoria quinta prevé que tanto la persona con discapacidad como el apoderado preventivo, puedan solicitar de la autoridad judicial una revisión de las medidas.

No obstante, cuando, en virtud del artículo 259ssss1, se apliquen al apoderado las reglas establecidas para la curatela, quedarán excluidas las correspondientes a los artículos 284 a 290 del Código Civil.

La acomodación de las reglas de la curatela a los poderes preventivos anteriores no es fácil.

El art. 259, en relación a la cláusula de subsistencia, prevé que el apoderado, sobrevenida la situación de necesidad de apoyo, quedará sujeto a las reglas aplicables a la curatela en todo aquello no previsto en el poder, salvo que el poderdante haya determinado otra cosa.

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