Читать книгу El ejercicio de la capacidad jurídica. Comentario de la Ley 8/2021, de 2 de junio онлайн
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Los testamentos así realizados constan en el Registro General de Actos de Últimas Voluntades, al realizar el notario dos partes testamentarios con los DNI del primer testador y del sustituido.
Las situaciones posibles a la vista de esta disposición, utilizada frecuentemente en la práctica de las sucesiones mortis causa, son diversas.
Puede ser que no hayan fallecido ninguno de los disponentes, en cuyo caso el ascendiente puede revocar la disposición y sustituirla por una sustitución fideicomisaria, o por ninguna disposición.
O bien que no haya fallecido el primer causante pero si el sustituido, con los que la sustitución ejemplar queda sin efecto; o que haya fallecido el ascendiente antes de la entrada en vigor de la ley (el 3 de septiembre) en cuyo caso la disposición está en vigor.
Por último, que fallezca después de entrar en vigor la ley el ascendiente, que es el supuesto que contempla la disposición transitoria cuarta.
En tal caso, no se entiende la conversión automática a una sustitución fideicomisaria de residuo y no una sustitución ordinaria, de las que prevé el art. 781 del Cc.