Читать книгу El teletrabajo: balance del primer año de negociación colectiva y aplicación judicial онлайн

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Abundando las fórmulas de escaso contenido obligacional según las cuales, el reconocimiento del derecho tendrá en cuenta las necesidades del solicitante y las necesidades organizativas y productivas de la empresa (CLÍNICAS Y CONSULTAS DE ODONTOLOGÍA, Art. 6).

Los convenios que establecen “procedimientos” para tramitar las solicitudes de teletrabajo, suelen repetir esquemas básicos representados por: una solicitud inicial (dotada, a veces de requisitos formales); la apertura de una fase de negociación con la persona trabajadora (durante un plazo que suele coincidir con el de un mes); y la contestación por parte de la empresa, bien comunicando la aceptación, bien planteando una propuesta alternativa, o directamente manifestando la negativa razonada a la concesión del teletrabajo solicitado, abriéndose en tal caso la posibilidad de acceso a la vía jurisdiccional (CORCHO, Art. 38; TRANSPORTES POR CARRETERA, Art. 21).

Como excepción, y sin abandonar el anterior esquema, algunos convenios, al regular el procedimiento de presentación de solicitudes, establecen qué documentación se exige en cada caso, así como los factores a tener en cuenta a la hora de resolver la petición, tales como: el perjuicio a otros compañeros; si existen medidas de conciliación ya concedidas previamente; si constan restricciones del otro progenitor para cuidar del menor, en su caso; si existen otros familiares que puedan hacerse cargo del familiar, en su caso; así como los horarios escolares o de guarderías (PLASBEL PLÁSTICOS, Art. 32; ZUCAN, Art. 30).

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