Читать книгу El teletrabajo: balance del primer año de negociación colectiva y aplicación judicial онлайн
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2.8. GENÉRICA IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE DESARROLLARSE EN TELETRABAJO
No solía definirse qué actividades podían prestarse en modalidad de trabajo a distancia, abusándose de la remisión a las que “por su naturaleza” sean susceptibles de desarrollarse en dicha modalidad (TELEINFORMÁTICA Art. 25); y “ ‘siempre que las necesidades del servicio lo permitan’ (EDF FENICE IBÉRICA, SLU”, DA 1.ª).
Fórmulas como la decisión de implementar el teletrabajo en “aquellas áreas, departamentos o servicios en donde es posible llevarse a cabo” (MOVISTAR +, DT 3.ª) o en los “puestos y centros de trabajo que lo posibiliten” (NOKIA TRANSFORMATION, Art. 49), carecen del mínimo contenido obligacional. Al igual que acoger el teletrabajo “siempre que las necesidades del servicio lo permitan, a juicio de la Dirección de la empresa” (REPSOL PETRÓLEO, S.A., Art. 85).
2.9. EL LUGAR DE TRABAJO Y LA JORNADA
En cuanto al lugar de prestación de servicio a distancia, algunos convenios exigían que fuese el “domicilio particular” del trabajador, debiendo cumplir éste con los requisitos necesarios en materia de prevención de riesgos laborales, especialmente en cuanto a ergonomía, permitiéndose a la empresa realizar visitas de verificación, a cuyo efecto la persona trabajadora ha de facilitar el acceso a los técnicos encargados (SEGUROS PRIVADOS, Art. 8.bis); la mayoría de convenios, sin embargo, no hace referencia a este tema, o lo hace posibilitando que la prestación se realice en el domicilio del trabajador o “lugar libremente elegido” por él (CARSON WAGONLIT ESPAÑA, SLU. Art. 11); o en “lugar distinto al centro de trabajo” debiéndose encargar el trabajador de realizar aquellos cambios que puedan ser necesarios para cumplir con los requisitos de seguridad y salud informados previamente por parte del servicio de prevención de riesgos (GRUPO SELECTA, Art. 43).