Читать книгу Sistemas teóricos y prácticos del derecho de aguas онлайн
30 страница из 113
Esto mismo se puede advertir en el tratamiento normativo de las reformas en el tiempo de esta materia, a modo de naturaleza jurídica de adaptación a estas dos posiciones doctrinales, con mayor incidencia en la primera, que se desarrolla a continuación:
1) Constituye el Observatorio del Derecho de Aguas las posiciones de demanialidad “iusadministrativistas” de las aguas, así como la posición intermedia (excluida la posición originaria “iusprivatista” ya referida indiciaria e históricamente) de conjunción de la demanialización de las aguas con el sistema civil patrimonial. Concepciones que ponen de relieve aspectos de posibles conflictos entre la Administración hidráulica y los derechos de personas naturales y jurídicas sobre los que habrá de averiguarse el elemento aglutinador o de agregación homogénea, así como la investigación del elemento diferenciador de relevancia, según los casos, para una mejor aplicación de la solución al supuesto en cuestión sin caer en el casuismo. Debe tenderse a la estructuración de las premisas fácticas en yuxtaposición a la selección de norma o normas anudadas al efecto legal de la resolución conflictual.