Читать книгу Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética онлайн
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En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas…”.
Basta, en este punto, con leer lo previsto en el artículo 56.1 para comprender que la ponderación aplicativa –sin duda el gran problema– opera a partir de tres principios: “… proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad”, principios que apuntan, como se ha dicho, al balance de interés pero que, en el plano aplicativo, tiene un marco de dificultades ciertamente complejo.
c) No regresión.
Este principio está pensado en clave de mandato para el legislador. Es el legislador el que debe evaluar las situaciones precedentes para conseguir que las políticas que se vayan arbitrando no sean regresivas, esto es, que no produzcan una pérdida de valores o niveles respecto de los preexistentes en la normativa o en la aplicación precedente.
Se trata, como queda dicho, de un principio rector que emite un mandato al legislador y a los aplicadores de la normativa para conseguir que las nuevas políticas, los nuevos valores no resulten regresivos.